La reducción de capital es una operación societaria mediante la cual una empresa disminuye su capital social, ya sea por motivos financieros, estratégicos o legales. Esta operación afecta directamente al patrimonio neto de la sociedad y puede tener implicaciones para los accionistas, ya que conlleva la modificación del valor nominal de las acciones, el número de acciones en circulación o la devolución de aportaciones a los socios.
La reducción de capital debe realizarse conforme a lo establecido en los estatutos sociales y está regulada por la Ley de Sociedades de Capital en España, al igual que ocurre con las ampliaciones de capital.
Modalidades de reducción de capital
La reducción de capital puede ejecutarse por diferentes motivos y con distintos efectos. Las principales modalidades son:
➤ Reducción por devolución de aportaciones
- La sociedad devuelve parte del capital a los socios proporcionalmente a su participación.
- Puede hacerse disminuyendo el valor nominal de las acciones o mediante la amortización de algunas acciones.
- Suele realizarse en empresas con exceso de liquidez o capital o cuando se reestructura la compañía.
➤ Reducción por compensación de pérdidas
- Se utiliza para restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto en caso de pérdidas acumuladas.
- No implica salida de dinero hacia los accionistas, sino ajuste contable.
- Permite posteriormente realizar ampliaciones de capital, evitando que éstas se destinen a cubrir pérdidas.
➤ Reducción mediante adquisición y amortización de acciones propias
- La empresa recompra sus propias acciones para luego amortizarlas y reducir el capital.
- Esta forma de reducción puede utilizarse para remunerar al accionista indirectamente, al elevar el porcentaje de participación de los socios que no venden.
➤ Reducción obligatoria
- En algunos casos, la reducción de capital es impuesta por la normativa (por ejemplo, cuando el patrimonio neto cae por debajo del mínimo legal).
- También puede aplicarse en procesos de disolución o liquidación de la sociedad.
Procedimiento legal
La reducción de capital exige:
- Acuerdo de la Junta General de Accionistas con los requisitos de quórum y mayorías reforzadas.
- Modificación estatutaria, si afecta al capital mínimo o al valor nominal.
- Publicación del acuerdo en el BORME (Boletín Oficial del Registro Mercantil) y en un diario de gran circulación.
- Derecho de oposición de acreedores, cuando la reducción conlleva devolución de aportaciones (plazo de un mes).
- Ejecución de la operación y elevación a escritura pública.
Reducción de capital en sociedades cotizadas
En el caso de empresas cotizadas, la reducción de capital debe comunicarse como hecho relevante a la CNMV, y tiene implicaciones en:
- El valor nominal de las acciones cotizadas.
- El número de acciones en circulación.
- La capitalización bursátil de la compañía.
- El valor teórico contable por acción.
Dependiendo de cómo se estructure, puede generar efectos fiscales y ser vista como una forma de remuneración al accionista, especialmente si hay devolución de aportaciones.
Efectos para los accionistas
- Si se devuelve dinero al socio, se considera una reducción patrimonial directa (y puede estar sujeta a tributación).
- Si se amortizan acciones sin devolución, su participación relativa en la empresa aumenta.
- Puede suponer una señal positiva o negativa según el contexto: en una empresa saneada puede interpretarse como eficiencia, mientras que en una con pérdidas puede evidenciar problemas financieros.
Relación con otras operaciones societarias
La reducción de capital puede combinarse con:
- Ampliaciones simultáneas (operación acordeón).
- Fusiones o escisiones, para reordenar la estructura del grupo.
- Planes de retribución al accionista (como recompra de acciones).
- Reestructuraciones fiscales o patrimoniales.
La reducción de capital es una herramienta societaria de gran relevancia, con implicaciones contables, legales y económicas. Entender su finalidad y consecuencias permite interpretar adecuadamente las decisiones estratégicas de las empresas y su impacto en el valor para el accionista.